El caso de Bagua, sin duda es uno de los episodios más dramáticos de nuestra historia reciente. El 9 de
abril del 2009 se inició una huelga amazónica que duro más de 55 días y tuvo como saldo final, 33 personas
muertas, entre indígenas y miembros de la Policía Nacional de Perú (PNP).
Durante los días y meses siguientes, los peruanos y peruanas tratábamos de explicarnos las razones que
produjeron estas lamentables muertes. El Congreso de la República formó una Comisión presidida por el
Congresista Guido Lombardi, la misma que emitió cuatro dictámenes diferenciados. Sin embargo todos
coincidían en un punto: no se consultó a los pueblos indígenas sobre los proyectos extractivos que se implementaban en sus tierras y territorios1.
El gobierno presidido por Alan García también formó una Comisión, la que emitió dos informes, uno en
mayoría y otro en minoría. Del mismo modo que en el Congreso, estos informes coincidían en el hecho de
no haberse consultado a los pueblos indígenas.
Por otra parte, organismos competentes en materia de derechos humanos sentaron posición sobre lo ocurrido: la Defensoría del Pueblo presentó su Informe, donde da cuenta pormenorizada de los hechos ocurridos, y posteriormente, presenta un Informe a la Comisión del Congreso que investigaba los sucesos de
Bagua.2 La Federación Internacional de Derechos Humanos (FIDH), envió una Comisión Especial, formada
por el reconocido académico, Rodolfo Stavenhagen y la Hna. Maryknoll, Elsie Monge. Ambos con amplios conocimientos en derecho indígena, el primero fue relator de las Naciones Unidas NNUU sobre Pueblos
Indígenas e impulsor de la Declaración Universal de los Derechos de los Pueblos Indígenas. Y la segunda
era una especialista con un alto conocimiento sobre los Awajun-Wampis.
A su vez, Amnistía Internacional entregó un informe muy importante sobre los sucesos y responsabilidades del trágico desenlace. Sin embargo estos informes discrepaban en el señalamiento de las responsabilidades. Unos señalaban a los indígenas por el hecho de defender sus derechos; otros al Estado y a sus
diferentes representantes por exacerbar el enfrentamiento; otros a los diferentes partidos políticos, entre
otros planteamientos. Aunque, sería el Poder Judicial quien finalmente debía definir las responsabilidades
penales por las muertes y los desaparecidos producidos durante los acontecimientos.
A partir de estos hechos se promovieron hasta siete procesos penales3, siendo los más conocidos, los
llamados “Curva del diablo”, “La Estación 6”, procesos contra indígenas por la muerte de los 23 policías;
un proceso seguido a un grupo de moto taxistas, otro contra menores de edad, ambos concluidos; otras
dos denuncias en Bagua Chica y Bagua Grande por los civiles muertos, donde se comprendía a las autoridades políticas de entonces (Mercedes Cabanillas, Yehude Simons, Generales: José Sanchez Farfan, Luis
Muguruza Delgado, y Javier Uribe Altamirano , de la PNP). Ambas denuncias no han avanzado y en un caso
se encuentra archivada.
El caso que nos ocupó, en la presente publicación es el de “La Curva del diablo” (exp.2009-0194-
010107JPO1), en el que se juzgaron a 53 personas, 16 del pueblo Awajún, 6 Wampis, 1 Kampu Pillawi4. Del
total, 23 eran indígenas y 20 eran de los denominados mestizos. El 14 de mayo del 2014, luego de casi cinco
años de ocurridos los sucesos se inició el proceso penal, el mismo que concluyó el 22 de setiembre del
2016 con la absolución de todos los procesados.
A los procesados, se les imputaba la comisión de por lo menos 8 delitos: homicidio calificado, lesiones
graves, daños agravados, rebelión, motín y arrebato de armas de uso oficial agravado, entre otros. Fue por
esta última imputación que la Fiscalía solicitó la pena de cadena perpetua para nueve dirigentes.
El juicio oral se llevó a cabo ante la Sala Penal Liquidadora Transitoria de Bagua, presidida por el Magistrado Gonzalo Zabarburú Saavedra.
Author(s): Coordinadora Nacional de Derechos Humanos, (ed.); Wilfredo Ardito; Yván Montoya; Ingrid; Patricia Urteaga; Juan C Ruiz; Daniel Cerqueira; Katya Salazar; Julia Cabello; Maximiliano Mendieta, (auts.)
Publisher: Coordinadora Nacional de Derechos Humanos (CNDDHH)
Year: 2017
Language: Spanish
Pages: 428
City: Lima
Tags: Peru; Derecho peruano; Peruvian Law; Constitución del Perú; Bagua; Baguazo; Caso Baguazo; Awajun; Aguaruna; Wampis; Huambisa; Conflictos sociales; Social Conflicts; Justicia intercultural; Intercultural Law; Intercultural Justice; Derecho intercultural; Interculturalidad; Interculturality
1. PRESENTACIÓN
2. LAS MÚLTIPLES DIMENSIONES DE UNA SENTENCIA AVANZADA
Dr. Wilfredo Ardito Vega: abogado y Doctor en Derecho por la PUCP, profesor universitario,
especialista en problemática de pueblos indígenas, racismo y discriminación
3. PLURALISMO CULTURAL Y DERECHO PENAL: COMENTARIOS A PROPÓSITO DE LA
SENTENCIA DE LA SALA PENAL DE APELACIONES TRANSITORIA Y LIQUIDADORA DE
BAGUA (CASO CURVA DEL DIABLO)
Dr. Yvan Montoya y Dra. Ingrid Diaz Castillo: Profesores del Departamento de Derecho de
la PUCP e investigadores del Instituto de Democracia y Derechos Humanos de la misma
Universidad. Ambos son Doctores en Derecho Penal por la Universidad de Salamanca
(España)
4. LA SENTENCIA DE BAGUA Y LAS DENSIDADES DE LA JUSTICIA
Dra. Patricia Urtega Crovetto: Profesora Asociada del Departamento Académico de
Derecho de la Pontificia Universidad Católica del Perú
5. APORTES DE LA SENTENCIA DEL CASO “EL BAGUAZO”, AL RECONOCIMIENTO DEL
DERECHO A LA PROTESTA
Dr. Juan Carlos Ruiz Molleda: Abogado, Coordinador del Área de Litigio Constitucional del
Instituto de Defensa Legal.
6. LA SENTENCIA SOBRE LOS HECHOS DE VIOLENCIA EN LA “CURVA DEL DIABLO”.
COMENTARIOS A LA LUZ DE LOS ESTÁNDARES INTERNACIONALES DE DERECHOS
HUMANOS
Dr. Daniel Cerqueira: Es oficial de programa sénior en la Fundación para el Debido
Proceso (DPLF por sus siglas en inglés).
Dra. Katya Salazar: Directora Ejecutiva de la Fundación para el Debido Proceso
7. CASO “LA CURVA DEL DIABLO”. APUNTES SOBRE EL ALCANCE DE LA SENTENCIA
EN SU COMPRENSIÓN INTERCULTURAL, POLÍTICA Y PENAL EN EL MARCO DEL
CONTROL DE CONVENCIONALIDAD Y LOS DERECHOS HUMANOS
Dra. Julia Cabello Alonso Dr.- Maximiliano Mendieta: Investigadores, Abogados y
Defensores de Derechos Humanos en la institución “Tierraviva a los Pueblos Indígenas del
Chaco”, Asunción, Paraguay
LA SENTENCIA